Evitar que los desechos de buques lleguen al mar

La contaminación de los mares es actualmente un problema global, la cantidad de residuos que son arrojados o llegan anualmente a los mares y océanos de nuestro planeta se estima que son aproximadamente unos siete millones de toneladas. Residuos como bolsas y botellas de plástico, pañales, redes de pesca, vidrio, colillas… todos ellos con un lentísimo proceso de degradación hace que la basura marina que flota en la superficie haya experimentado un incremento superior a 100 veces en los últimos 40 años.

Ante esta realidad el Comité de protección del medio marino (MEPC) de la Organización Marítima Internacional (OMI), (Organismo especializado de las Naciones Unidas responsable de la Seguridad y protección de la navegación y de prevenir la contaminación del mar por los buques), ha adoptado en el año 2021 una estrategia para abordar el problema de la basura marina generada o recuperada por buques pesqueros, la eficacia de las instalaciones portuarias de recepción y las instalaciones de tratamiento para reducir la basura marina.

Con este mismo fin y dado que nuestro país cuenta con 7.905 km de costa, una participación muy relevante de los sectores turístico y pesquero en la economía nacional y un alto grado de concienciación ecológica, con fecha 17 de febrero de 2022 ha entrado en vigor el Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de desechos de buques, cuyo objeto, según señala su artículo 1, es la protección del medio ambiente marino de los efectos negativos de las descargas de desechos realizadas por los buques que utilizan los puertos españoles, al tiempo que se garantiza el buen funcionamiento del tráfico marítimo, mejorando la disponibilidad y la utilización de instalaciones portuarias receptoras adecuadas y la entrega de desechos a dichas instalaciones. Entendiendo por buque cualquier embarcación o artefacto naval, con o sin desplazamiento, apto para la navegación marítima, cualquiera que sea el pabellón que enarbolen.

Se consideran desechos de buques los siguientes:

  • Generados por los buques. Son los desechos que se producen durante el servicio de un buque, como plásticos, desechos de alimentos, trapos, aceite de cocina, papel, loza, vasos, copas o botellas de vidrio… En este sentido, para evitar este tipo de deshechos, Giona company trabaja muy duramente para ofrecer a sus clientes unos productos de primera calidad con la máxima durabilidad posible, así como con una amplia resistencia que evite que se puedan romper durante su uso o manipulación, algo que convierte sus productos en bienes muy interesantes para utilizar en buques.
  • Residuos de carga. Los restos de cualquier material de carga embarcado que queden en la cubierta, en las bodegas o en los tanques tras las operaciones de carga y descarga, incluidos el exceso o el derramamiento en la carga y descarga, ya sea en estado seco o húmedo o arrastrados en el agua de lavado, excluido el polvo de la carga que quede en la cubierta tras el barrido o el polvo depositado en las superficies exteriores del buque, como residuos de carga, desechos operacionales, desechos electrónicos…
  • Desechos pescados de forma no intencionada. Son aquellos desechos recogidos en las artes de pesca de forma no intencionada durante las operaciones de pesca.

En este sentido, todos los puertos españoles dispondrán de instalaciones portuarias receptoras que satisfagan las necesidades de los buques que habitualmente utilicen el puerto y de aquellos tipos de buques que, aunque no utilicen habitualmente el puerto, participen en el tráfico más relevante con dicho puerto, sin causarles demoras innecesarias, siendo las entidades gestoras de los puertos quienes garantizarán la puesta a disposición del servicio mediante instalaciones adecuadas, bien a través de empresas autorizadas para el ejercicio de la actividad, bien a través de la gestión directa o indirecta cuando, sea titular de aquél. Garantizando, así mismo, que las operaciones de entrega y recepción de desechos de buques se realicen con las suficientes medidas de seguridad para evitar riesgos tanto personales como ambientales en los puertos y su área de influencia, según dispone en su artículo 4 el Real Decreto 128/2022.

Plásticos de un solo uso

Como consecuencia de la alta contaminación marina con productos plásticos, la Unión Europea ha propuesto a los Estados miembros la eliminación de productos plásticos de un solo uso, aconsejando su uso de tal forma que pueda ser reutilizable y se pueda establecer una importante mejora a la hora de su reciclaje, con tal fin desde el 3 de julio de 2021 no pueden comercializarse en los distintos mercados de los países miembros  de la Unión Europea productos plásticos de un solo uso como platos, cubiertos, pajitas, bastoncillos de algodón, palitos de globos infantiles, envases de alimentos, etc.

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